endobj Promover el desarrollo de corredores ecológicos que integren las potencialidades de las diferentes vertientes de las montañas, aprovechando las oportunidades que brindan los conocimientos tradicionales de sus pobladores. El Estado promueve el aprovechamiento sostenible del recurso paisaje mediante el desarrollo de actividades educativas, turísticas y recreativas. • CONSTITUCION ORGANICA – Artículos modificados sobre Gobiernos Regionales y Locales Constitución Política de 1993 LECTURA AMBIENTAL DE CONTENIDOS CONSTITUCIONALES NO PROPIAMENTE AMBIENTALES DERECHOS FUNDAMENTALES – Derecho a la vida – Derecho a la salud – Derecho a la información – Derecho a la participación CONSTITUCION ECONOMICA – El derecho a la tierra CONSTITUCION ORGANICA – La gestión del estado como gestión ambiental Comparación Constitucional • 1979 • Modelo analítico semi descriptivo en el derecho al medio ambiente y en los Recursos Naturales • Concepción más publicista • Derecho al MA en Art. Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo. Los derechos, deberes y responsabilidades de los titulares de los derechos. Según el parámetro en particular a que se refiera, la concentración o grado podrá ser expresada en máximos, mínimos o rangos. - Es una especie de invitación -a modo de “links-” para conectarse con la normativa ambiental preexistente. 9. Esta responsabilidad obliga a reparar los daños ocasionados por el bien o actividad riesgosa, lo que conlleva a asumir los costos contemplados en el artículo 142 precedente, y los que correspondan a una justa y equitativa indemnización; los de la recuperación del ambiente afectado, así como los de la ejecución de las medidas necesarias para mitigar los efectos del daño y evitar que éste se vuelva a producir. <> La gestión del ambiente y de sus componentes, así como el ejercicio y la protección de los derechos que establece la presente Ley, se sustentan en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones. 117.2 La infracción de los LMP es sancionada de acuerdo con las normas correspondientes a cada autoridad sectorial competente. 104.2 El Estado establece las medidas necesarias de prevención y sanción de la biopiratería. Learn how we and our ad partner Google, collect and use data. 73.2 El término “titular de operaciones” empleado en los artículos siguientes de este Capítulo incluye a todas las personas naturales y jurídicas. 0 <> Esta responsabilidad sólo obliga al agente a asumir los costos derivados de una justa y equitativa indemnización y los de restauración del ambiente afectado en caso de mediar dolo o culpa. Proyecto Artículo VII.- Del Principio precautorio Cuando haya indicios razonables de riesgo de daño grave o irreversible a la salud o al ambiente, la falta de certeza científica absoluta no constituye razón suficiente para postergar la adopción de medidas destinadas a eliminar o reducir dicho riesgo, las que serán adoptadas bajo responsabilidad de la autoridad que la invoque o la aplique Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) TÍTULO I: POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE Y GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 1. 12. En el diseño y aplicación de políticas públicas relativas a la creación, desarrollo y reubicación de asentamientos poblacionales, en sus respectivos instrumentos de planificación y en las decisiones relativas al acondicionamiento territorial y el desarrollo urbano, se consideran medidas de protección ambiental, en base a lo dispuesto en la presente Ley y en sus normas complementarias y reglamentarias, de forma que se aseguren condiciones adecuadas de habitabilidad en las ciudades y poblados del país, así como la protección de la salud, la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la diversidad biológica y del patrimonio cultural asociado a ellas. Igualmente, la información debe ser accesible mediante Internet. 136.3 La imposición o pago de la multa no exime del cumplimiento de la obligación. 68.2 En los instrumentos de planificación y acondicionamiento territorial debe considerarse, necesariamente, la identificación de las áreas para la localización de la infraestructura de saneamiento básico. Base legal: Literal b) del Artículo 4 y Artículos 10, 11 y 12 de la Ley N.º 27446, Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (23/04/2001) y sus … Se puede interponer acciones legales aun en los casos en que no se afecte el interés económico del accionante. Evaluación y ejecución de proyectos de inversión pública y privada, así como de proyectos de manejo de los recursos naturales. Velar por que se mantengan y difundan las condiciones naturales que permiten el desarrollo de actividades deportivas, recreativas y de ecoturismo. FISCALIZACIÓN Y CONTROL CAPÍTULO 2. 137.1 Iniciado el procedimiento sancionador, la autoridad ambiental competente, mediante decisión fundamentada y con elementos de juicio suficientes, puede adoptar, provisoriamente y bajo su responsabilidad, las medidas cautelares establecidas en la presente Ley u otras disposiciones legales aplicables, si es que sin su adopción se producirían daños ambientales irreparables o si se arriesgara la eficacia de la resolución a emitir. Dicha información deberá ser entregada en el plazo que determine el Ministerio, pudiendo ser éste ampliado a solicitud de parte, bajo responsabilidad del máximo representante del organismo encargado de suministrar la información. 18 0 obj En el proceso de descentralización se prioriza la incorporación de la dimensión ambiental en el ordenamiento territorial de las regiones y en las áreas de jurisdicción local, como parte de sus respectivas estrategias de desarrollo sostenible. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso. Ej. La gestión del ambiente y de sus componentes, así como el ejercicio y la protección de los derechos que establece la presente Ley, se sustentan en la integración equilibrada de los … Para el acceso a los recursos genéticos del país se debe contar con el certificado de procedencia del material a acceder y un reconocimiento de los derechos de las comunidades de donde se obtuvo el conocimiento tradicional, conforme a los procedimientos y condiciones que establece la ley. Ley general del ambiente 1. El Estado promueve, difunde y facilita la adopción voluntaria de políticas, prácticas y mecanismos de responsabilidad social de la empresa, entendiendo que ésta constituye un conjunto de acciones orientadas al establecimiento de un adecuado ambiente de trabajo, así como de relaciones de cooperación y buena vecindad impulsadas por el propio titular de operaciones. Guardar Guardar LEY GENERAL DEL AMBIENTE LEY Nº 28611 para más tarde. 0000000742 00000 n TÍTULO III INTEGRACION DE LA LEGISLACION AMBIENTAL CAPITULO 2 CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Artículo 109°.- De la inclusión de las ANP en el SINIA Las ANP deben figurar en las bases de datos del SINIA y demás sistemas de información, que utilicen o divulguen cartas, mapas y planos con fines científicos, técnicos, educativos, turísticos y comerciales para el otorgamiento de concesiones y autorizaciones de uso y conservación de recursos naturales o de cualquier otra índole. 7. 4. <> Las competencias ambientales del Estado son ejercidas por organismos constitucionalmente autónomos, autoridades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, de conformidad con la Constitución y las leyes que definen sus respectivos ámbitos de actuación, funciones y atribuciones, en el marco del carácter unitario del Estado. Cuando se realicen consultas públicas u otras formas de participación ciudadana, el sector correspondiente debe publicar los acuerdos, observaciones y recomendaciones en su portal institucional. 59.3 Las autoridades regionales y locales con competencia ambiental, coordinan y consultan entre sí y con las autoridades nacionales, con el fin de armonizar sus políticas, evitar conflictos o vacíos de competencia y responder, con coherencia y eficiencia, a los objetivos y fines de la presente Ley y del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. En particular, podrán someterse a estos medios los siguientes casos: Determinación de montos indemnizatorios por daños ambientales o por comisión de delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales. trailer Cumplimiento de las obligaciones técnicas y legales respecto del recurso otorgado. %���� En tal sentido, los procesos de planificación, decisión y ejecución de políticas públicas en todos los niveles de Gobierno, incluyendo las sectoriales, incorporan obligatoriamente los lineamientos de la Política Nacional del Ambiente. En Lima, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco. La resolución de la Autoridad Ambiental Nacional es de observancia obligatoria y agota la vía administrativa. : – DL N° 708: Sobre Minería, DL 753 sobre tierras agrícolas – DL N° 653, Ley Promoción a las Inversiones en el Agro,etc • La normativa sectorial reglamentaria generará hipersectorialización ambiental El Sistema jurídico posterior al CMARN • Lo que siguió como tendencia • Simultáneamente a la hipersectorialización, pero con menor velocidad, se generará un proceso de TRANSECTORIALIZACIÓN – Creación de CONAM (1994), tras implementación (propiamente hacia 1997 ) genera relativa búsqueda de concertación transectorial. endobj La Autoridad Ambiental Nacional ejerce funciones coordinadoras y normativas, de fiscalización y sancionadoras, para corregir vacíos, superposición o deficiencias en el ejercicio de funciones y atribuciones ambientales nacionales, sectoriales, regionales y locales en materia ambiental. H)Ley 28611, Ley General del Ambiente. Facilitar el acceso directo a la información ambiental que se les requiera y que se encuentre en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para cautelar el normal desarrollo de sus actividades y siempre que no se esté incurso en excepciones legales al acceso de la información. endobj endobj La Autoridad Ambiental Nacional en coordinación con las autoridades competentes, puede dictar normas ambientales transitorias de aplicación específica en zonas ambientalmente críticas o afectadas por desastres, con el propósito de contribuir a su recuperación o superar las situaciones de emergencia. Complementariedad de los diversos pisos ecológicos y regiones naturales en la construcción de una sociedad ambientalmente equilibrada. 1 0 obj 102 0 obj 68.1 Los planes de acondicionamiento territorial de las municipalidades consideran, según sea el caso, la disponibilidad de fuentes de abastecimiento de agua, así como áreas o zonas para la localización de infraestructura sanitaria, debiendo asegurar que se tomen en cuenta los criterios propios del tiempo de vida útil de esta infraestructura, la disposición de áreas de amortiguamiento para reducir impactos negativos sobre la salud de las personas y la calidad ambiental, su protección frente a desastres naturales, la prevención de riesgos sobre las aguas superficiales y subterráneas y los demás elementos del ambiente. 68°: Estado promueve conservación de la diversidad biológica y áreas naturales protegidas – Art. El informe será evacuado dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días, contados desde la recepción del pedido del fiscal de la investigación preparatoria o del juez, bajo responsabilidad. Autor: Isabel Calle. La relación entre los seres humanos y el ambiente en el cual viven constituye parte de la cultura de los pueblos. 62 0 obj Ley General del Ambiente Ley N 28611 (15/10/05) Artculo 149 .-Del Informe de la autoridad competente sobre infraccin de la normativa ambiental 149.1 La formalizacin de la denuncia … Rendir cuenta acerca de las solicitudes de acceso a la información recibidas y de la atención brindada. síntesis de reglamentos sectoriales sobre participación ciudadana, Reglamentos sobre ECAs, LMPs, Radiaciones o de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) LO MALO 1. 33.1 La Autoridad Ambiental Nacional dirige el proceso de elaboración y revisión de ECA y LMP y, en coordinación con los sectores correspondientes, elabora o encarga, las propuestas de ECA y LMP, los que serán remitidos a la Presidencia del Consejo de Ministros para su aprobación mediante decreto supremo. Artículo 108°.- De las áreas naturales protegidas por el Estado 108.1 Las áreas naturales protegidas – ANP son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos, establecidos y protegidos legalmente por el Estado, debido a su importancia para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país. 77.1 Las autoridades nacionales, sectoriales, regionales y locales promueven, a través de acciones normativas, de fomento de incentivos tributarios, difusión, asesoría y capacitación, la producción limpia en el desarrollo de los proyectos de inversión y las actividades empresariales en general, entendiendo que la producción limpia constituye la aplicación continua de una estrategia ambiental preventiva e integrada para los procesos, productos y servicios, con el objetivo de incrementar la eficiencia, manejar racionalmente los recursos y reducir los riesgos sobre la población humana y el ambiente, para lograr el desarrollo sostenible. La Autoridad Ambiental Nacional establece los criterios para el desarrollo de las acciones de vigilancia y monitoreo. 139.3 Se considera infractor ambiental a quien ejerciendo o habiendo ejercido cualquier actividad económica o de servicio, genera de manera reiterada impactos ambientales por incumplimiento de las normas ambientales o de las obligaciones a que se haya comprometido en sus instrumentos de gestión ambiental. <> Su cumplimiento es exigible legalmente por el Ministerio del Ambiente y los organismos que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) Artículo 149 °.-Del Informe de la autoridad competente sobre infracción de la normativa ambiental 149.1 La formalización de la denuncia … 0000003855 00000 n Las autoridades públicas promueven su participación e integración en la gestión del ambiente. Compl. <> Trans. salud); Bases para una futura –hoy cuasi inexistente- diplomacia ambiental Bases para una tributación ambiental Diferenciación entre autoridades sectoriales en materia de recursos naturales y ambientales, y la respectiva distinción entre instrumentos de gestión ambiental y medidas de gestión de recursos naturales Se frena ciertas tendencias “holísticas” por pretender fagocitar desde CONAM las atribuciones sobre RR NN Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) 7. No prestar suficiente atención a la inseguridad y poca transparencia en el manejo de la cosa publica ambiental, 6. <> Es de obligatorio cumplimiento. <> 8. Base legal: Literal b) del Artículo 4 y Artículos 10, 11 y 12 de la Ley N.º 27446, Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (23/04/2001) y sus modificatorias. <> Ley General del Ambiente. 142.2 Se denomina daño ambiental a todo menoscabo material que sufre el ambiente y/o alguno de sus componentes, que puede ser causado contraviniendo o no disposición jurídica, y que genera efectos negativos actuales o potenciales. Ley General Del Medio Ambiente. <>/ExtGState<>/ProcSet[/PDF/Text/ImageB/ImageC/ImageI] >>/Annots[ 11 0 R] /MediaBox[ 0 0 612 792] /Contents 4 0 R/Group<>/Tabs/S/StructParents 0>> Mecanismos “ex ante” Artículo VII.-Del principio precautorio: incertidumbre científica de poder causar daño Artículo VIII.-Del principio de internalización de costos: mal conocido como “contaminador pagador” Artículo IX.-Del principio de responsabilidad ambiental. La ley de la materia señala los demás requisitos que deban contener los EIA. endobj A su solicitud, o de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes, las instituciones públicas generadoras de información, de nivel nacional, regional y local, están obligadas a brindarle la información relevante para el SINIA, sin perjuicio de la información que está protegida por normas especiales. <> endobj 17.3 El Estado debe asegurar la coherencia y la complementariedad en el diseño y aplicación de los instrumentos de gestión ambiental. 93 0 obj Diseño y aplicación de políticas, normas e instrumentos de la gestión ambiental, así como de los planes, programas y agendas ambientales. La articulación e integración de las políticas y planes de lucha contra la pobreza, asuntos comerciales, tributarios y de competitividad del país con los objetivos de la protección ambiental y el desarrollo sostenible. 100 0 obj 3. Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) TÍTULO PRELIMINAR: DERECHOS Y PRINCIPIOS Artículo I.-Del derecho y deber fundamental Artículo II.-Del derecho de acceso a la información Artículo III.-Del derecho a la participación en la gestión ambiental Arts II Y III: También como instrum. 101.3 El Estado y el sector privado promueven el desarrollo de investigación científica y tecnológica, orientadas a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos marinos y costeros. La Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona. Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales. 31.2 El ECA es obligatorio en el diseño de las normas legales y las políticas públicas. 0% 0% encontró este documento útil, Marcar este documento como útil. Sin perjuicio de ello, el funcionario o servidor público encargado de remitir la información mencionada, será considerado como falta grave. Contribuir a consolidar e impulsar los procesos de concertación entre el Estado y los diferentes actores económicos y sociales, sobre la ocupación y el uso adecuado del territorio y el aprovechamiento de los recursos naturales, previniendo conflictos ambientales. 124.1 Corresponde al Estado y a las universidades, públicas y privadas, en cumplimiento de sus respectivas funciones y roles, promover: La investigación y el desarrollo científico y tecnológico en materia ambiental. De persistir el incumplimiento éste se sanciona con una multa proporcional a la impuesta en cada caso, de hasta 100 UIT por cada mes en que se persista en el incumplimiento transcurrido el plazo otorgado por la autoridad competente. Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso, Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones, Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso. El diseño de las políticas y normas ambientales de carácter nacional es una función exclusiva del Gobierno Nacional. El respeto a la soberanía de los Estados sobre sus respectivos territorios para conservar, administrar, poner en valor y aprovechar sosteniblemente sus propios recursos naturales y el patrimonio cultural asociado, así como para definir sus niveles de protección ambiental y las medidas más apropiadas para asegurar la efectiva aplicación de su legislación ambiental. All rights reserved. 101.2 El Estado, respecto de las zonas marinas y costeras, es responsable de: Normar el ordenamiento territorial de las zonas marinas y costeras, como base para el aprovechamiento sostenible de estas zonas y sus recursos. Como alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda. 119.1 La gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presenten características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Promover el establecimiento de áreas naturales protegidas con alto potencial de diversidad biológica y servicios ambientales para la población. El Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidos en la presente Ley. <> Finalmente, la importancia de este trabajo para el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) se encuentra en que este es un órgano encargado de velar por la promoción del cumplimiento de las normas ambientales, y dentro de ellas tenemos como base a la Ley General del Ambiente, en la cual se manifiesta que toda persona tiene el derecho … NO APROBADO - SEGUNDA .-Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles En tanto no se establezcan en el país Estándares de Calidad Ambiental, Límites Máximos Permisibles y otros estándares o parámetros para el control y la protección ambiental,son de uso referencial los establecidos por instituciones de Derecho Internacional Público,como los de la Organización Mundial de la Salud (OMS). endobj Clausura parcial o total, temporal o definitiva, del local o establecimiento donde se lleve a cabo la actividad que ha generado la infracción. 52 0 obj CONCORDANCIAS: Ley Nº 29325, Art. Ley General del Ambiente LEY Nº 28611 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY GENERAL DEL AMBIENTE TÍTULO PRELIMINAR DERECHOS Y PRINCIPIOS Artículo I.- Del derecho y deber fundamental Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un … La presente Ley es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. Cumplir con la retribución económica, pago de derecho de vigencia y toda otra obligación económica establecida. 148.1 Tratándose de actividades ambientalmente riesgosas o peligrosas, la autoridad sectorial competente podrá exigir, a propuesta de la Autoridad Ambiental Nacional, un sistema de garantía que cubra las indemnizaciones que pudieran derivar por daños ambientales. %PDF-1.4 Abrir el menú de navegación. 54.1 Cuando en un caso particular, dos o más entidades públicas se atribuyan funciones ambientales de carácter normativo, fiscalizador o sancionador sobre una misma actividad, le corresponde a la Autoridad Ambiental Nacional, a través de su Tribunal de Solución de Controversias Ambientales, determinar cuál de ellas debe actuar como la autoridad competente. Esta disposición es aplicable en caso de conflicto entre: Una o más de una entidad del Poder Ejecutivo y uno o más gobiernos regionales o gobiernos locales. 153.1 El laudo arbitral o el acuerdo conciliatorio no puede vulnerar la normatividad ambiental vigente ni modificar normas que establezcan LMP, u otros instrumentos de gestión ambiental, ni considerar ECA diferentes a los establecidos por la autoridad ambiental competente. <>>> Seguimiento, control y monitoreo ambiental, incluyendo las denuncias por infracciones a la legislación ambiental o por amenazas o violación a los derechos ambientales. Régimen de responsabilidad por el daño ambiental, CAPÍTULO 3. El desarrollo de toda actividad empresarial debe efectuarse teniendo en cuenta la implementación de políticas de gestión ambiental y de responsabilidad social. Es deber del Estado fomentar el conocimiento y uso de los medios de resolución y gestión de conflictos ambientales, como el arbitraje, la conciliación, mediación, concertación, mesas de concertación, facilitación, entre otras, promoviendo la transmisión de conocimientos, el desarrollo de habilidades y destrezas y la formación de valores democráticos y de paz. 44 0 obj El referido sistema debe tener en cuenta: Los tipos de fuentes de emisiones existentes; Los instrumentos y medios de asignación de cuotas; La fiscalización del sistema y las sanciones que correspondan. 24.1 Toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional. endobj 0000000804 00000 n h. La protección de la diversidad cultural y del conocimiento tradicional. Cerrar sugerencias Buscar Buscar. Ley General del Ambiente LEY Nº 28611 DIARIO DE LOS DEBATES - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2005 CONCORDANCIAS EL PRESIDENTE DEL … 23.1 Corresponde a los gobiernos locales, en el marco de sus funciones y atribuciones, promover, formular y ejecutar planes de ordenamiento urbano y rural, en concordancia con la Política Nacional Ambiental y con las normas urbanísticas nacionales, considerando el crecimiento planificado de las ciudades, así como los diversos usos del espacio de jurisdicción, de conformidad con la legislación vigente, los que son evaluados bajo criterios socioeconómicos y ambientales. La promoción del uso de tecnologías y un mayor conocimiento de los ciclos y procesos, a fin de implementar sistemas de alerta y prevención en caso de emergencia. Insuficientes mecanismos confiables de ejercicio transparente y meritocrático de la Autoridad Ambiental. 32.2 El LMP guarda coherencia entre el nivel de protección ambiental establecido para una fuente determinada y los niveles generales que se establecen en los ECA. Ronald F. Clayton Euclides Herrera. 53.2 Las autoridades indicadas en el párrafo anterior deben evaluar periódicamente las políticas, normas y resoluciones emitidas por las entidades públicas de nivel sectorial, regional y local, a fin de determinar su consistencia con sus políticas y normas de protección de los bienes bajo su responsabilidad, caso contrario deben reportar sus hallazgos a la Autoridad Ambiental Nacional, a las autoridades involucradas y a la Contraloría General de la República, para que cada una de ellas ejerza sus funciones conforme a ley. APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES CAPÍTULO 2. Cuando una misma conducta califique como más de una infracción se aplicará la sanción prevista para la infracción de mayor gravedad, sin perjuicio de que puedan exigirse las demás responsabilidades que establezcan las leyes. 104 0 obj Multa no mayor de 30,000 Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha en que se cumpla el pago. 149.1 En las investigaciones penales por los delitos tipificados en el Título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal, será de exigencia obligatoria la evacuación de un informe fundamentado por escrito por la autoridad ambiental, antes del pronunciamiento del fiscal provincial o fiscal de la investigación preparatoria en la etapa intermedia del proceso penal. La inclusión de mecanismos para la efectiva distribución de beneficios por el uso de los recursos genéticos y biológicos, en todo plan, programa, acción o proyecto relacionado con el acceso, aprovechamiento comercial o investigación de los recursos naturales o la diversidad biológica. endobj El reconocimiento de los derechos soberanos del Perú como país de origen sobre sus recursos biológicos, incluyendo los genéticos. La generación de decisiones multilaterales para la adecuada implementación de los mecanismos identificados en los acuerdos internacionales ambientales ratificados por el Perú. La prevención del acceso ilegal a los recursos genéticos y su patentamiento, mediante la certificación de la legal procedencia del recurso genético y el consentimiento informado previo para todo acceso a recursos genéticos, biológicos y conocimiento tradicional del país. AUDITORIA GUBERNAMENTAL Mapa conceptual ley de acceso a la informacion publica. De esta manera, ante un peligro, riesgo o daño al clima, debemos plantearnos una pregunta: ¿cuáles son las pautas naturales de las que abusa y cómo podría ser factible decidir el … Ley N° 28611 Dirección de Gestión Estratégica 2 Artículo IV.- Del derecho de acceso a la justicia ambiental Toda persona tiene el derecho a una acción rápida, … 58.2 Las autoridades sectoriales con competencia ambiental, coordinan y consultan entre sí y con las autoridades de los gobiernos regionales y locales, con el fin de armonizar sus políticas, evitar conflictos o vacíos de competencia y responder, con coherencia y eficiencia, a los objetivos y fines de la presente Ley y del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Establecer criterios o medidas para validar o asegurar la calidad e idoneidad de la información ambiental que poseen. Son de dominio público y se establecen con carácter definitivo. El uso y la generación de radiaciones ionizantes y no ionizantes está sujeto al estricto control de la autoridad competente, pudiendo aplicar, de acuerdo al caso, el principio precautorio, de conformidad con lo dispuesto en el Título Preliminar de la presente Ley. 137.2 Las medidas cautelares podrán ser modificadas o levantadas durante el curso del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser consideradas en el momento de su adopción. La Autoridad Ambiental Nacional establece los criterios para la elaboración de dichos planes. Las ANP deben figurar en las bases de datos del SINIA y demás sistemas de información que utilicen o divulguen cartas, mapas y planos con fines científicos, técnicos, educativos, turísticos y comerciales para el otorgamiento de concesiones y autorizaciones de uso y conservación de recursos naturales o de cualquier otra índole. Read Ley 28611 Ley General del Ambiente by Ministerio del Ambiente on Issuu and browse thousands of other publications on our platform. 36 0 obj 33.2 La Autoridad Ambiental Nacional, en el proceso de elaboración de los ECA, LMP y otros estándares o parámetros para el control y la protección ambiental, debe tomar en cuenta los establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) o de las entidades de nivel internacional especializadas en cada uno de los temas ambientales. CUARTA.- De las derogatorias. <> cambio climático), sistemas frágiles, calidad ambiental, empresa, entre otros. 16.2 Constituyen medios operativos que son diseñados, normados y aplicados con carácter funcional o complementario, para efectivizar el cumplimiento de la Política Nacional Ambiental y las normas ambientales que rigen en el país. Los informes y documentos resultantes de las actividades científicas, técnicas y de monitoreo de la calidad del ambiente y de sus componentes, así como los que se generen en el ejercicio de las funciones ambientales que ejercen las entidades públicas, deben ser incorporados al SINIA, a fin de facilitar su acceso para las entidades públicas y privadas, en el marco de las normas y limitaciones establecidas en las normas de transparencia y acceso a la información pública. <> GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 4. v(f`�a����8и���H ��q� R~ � �:u� Reducir la DB (lamentable yerro de la Constitución de 1993) a la conservación, cuando sus objetivos son también el aprovechamiento sostenible de sus componentes y beneficio equitativo en acceso a los recursos genéticos 4. El interés y desarrollo por la investigación sobre temas ambientales en la niñez y juventud. <> Dichos instrumentos constituyen procesos dinámicos y flexibles, y están sujetos a la Política Nacional Ambiental. La cooperación en la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina en zonas más allá de los límites de la jurisdicción nacional, conforme al Derecho Internacional. Los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental también deben considerar los Estándares de Calidad Ambiental al momento de establecer los compromisos respectivos. 134.2 La participación ciudadana puede adoptar las formas siguientes: Fiscalización y control visual de procesos de contaminación. Artículo 104°.- De la protección de los conocimientos tradicionales 104.1 El Estado reconoce y protege los derechos patrimoniales y los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de las comunidades campesinas, nativas y locales en lo relativo a la diversidad biológica. 141.3 La autoridad competente, según sea el caso, puede imponer medidas correctivas independientemente de las sanciones que establezca. TÍTULO II DE LOS SUJETOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 3 POBLACIÓN Y AMBIENTE Artículo 72°.- Del aprovechamiento de recursos naturales y pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas 72.1 Los estudios y proyectos de exploración, explotación y aprovechamiento de recursos naturales que se autoricen en tierras de pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas, adoptan las medidas necesarias para evitar el detrimento a su integridad cultural, social, económica ni a sus valores tradicionales. Por ley y su reglamento se regula el procedimiento y la declaratoria de dicha Emergencia. Estimular la investigación de las relaciones costo-beneficio y la sostenibilidad económica, social y ambiental de las diferentes actividades productivas en las zonas de montañas. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente. 7.2 El diseño, aplicación, interpretación e integración de las normas señaladas en el párrafo anterior, de carácter nacional, regional y local, se realizan siguiendo los principios, lineamientos y normas contenidas en la presente Ley y, en forma subsidiaria, en los principios generales del derecho. 122.3 Las empresas o entidades que desarrollan actividades extractivas, productivas, de comercialización u otras que generen aguas residuales o servidas, son responsables de su tratamiento, a fin de reducir sus niveles de contaminación hasta niveles compatibles con los LMP, los ECA y otros estándares establecidos en instrumentos de gestión ambiental, de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes. Impacto ambiental LGEEPA Tratados Internacionales Ley Federal de Protección Ambiental Convenio de Río 1992, análisis de principios. Precisión para el caso de las limitaciones al derecho de propiedad preexistente a la creación e implementación de un área natural protegida de carácter nacional. Prevenir, controlar, restringir y evitar según sea el caso, actividades que generen efectos significativos, nocivos o peligrosos para el ambiente y sus componentes, en particular cuando ponen en riesgo la salud de las personas. endobj Es de obligatorio cumplimiento. Ley Nº 28611 LEY GENERAL DEL AMBIENTE TÍTULO IV RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL CAPÍTULO 1 FISCALIZACIÓN Y CONTROL Artículo 130°.-De la fiscalización y sanción ambiental 130.1 La fiscalización ambiental comprende las acciones de vigilancia, control, seguimiento, verificación y otras similares, que realiza la Autoridad Ambiental … • Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales (Ley 26821). – Desarrollo de normativas sobre diversidad biológica y cambio climático – Reglamento de los LMPs-ECAs – Ley del SEIA (Sistema Nacional de Evaluación Ambiental) – Aproximación al Ordenamiento Territorial Ambiental (PCM) – Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – Normas del marco descentralizador: región y municipio – Autoridades Concertadas – Mecanismos de Participación e Información Ambiental – Ley Marco (y Reglamento) del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – LEY GENERAL DEL AMBIENTE 2005 Constitución Política de 1993 • CONSTITUCION DOGMATICA – Art. ley general del ambiente ley nº 28611 1 integrantes: lourdes katura ccori anyhela choque nuÑonca juan colquehuanca tÍtulo i polÍtica nacional del ambiente y gestiÓn … En tal sentido, el Estado podrá adoptar, entre otras, políticas o programas de acción afirmativas, entendidas como el conjunto coherente de medidas de carácter temporal dirigidas a corregir la situación de los miembros del grupo al que están destinadas, en un aspecto o varios de su vida social o económica, a fin de alcanzar la equidad efectiva. Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, 89 0 obj El diseño del marco tributario nacional considera los objetivos de la Política Nacional Ambiental, promoviendo particularmente, conductas ambientalmente responsables, modalidades de producción y consumo responsable de bienes y servicios, la conservación, aprovechamiento sostenible y recuperación de los recursos naturales, así como el desarrollo y uso de tecnologías apropiadas y de prácticas de producción limpia en general. La realización del principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas de los estados y de los demás principios contenidos en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. El Estado establece los mecanismos para su utilización con el consentimiento informado de dichas comunidades, garantizando la distribución de los beneficios derivados de la utilización. 77 0 obj 16.1 Los instrumentos de gestión ambiental son mecanismos orientados a la ejecución de la política ambiental, sobre la base de los principios establecidos en la presente Ley, y en lo señalado en sus normas complementarias y reglamentarias. El Estado promueve la adopción de normas técnicas nacionales para estandarizar los procesos de producción y las características técnicas de los bienes y servicios que se ofrecen en el país o se exportan, propiciando la gestión de su calidad, la prevención de riesgos y daños ambientales en los procesos de su producción o prestación, así como prácticas de etiquetado, que salvaguarden los derechos del consumidor a conocer la información relativa a la salud, el ambiente y a los recursos naturales, sin generar obstáculos innecesarios o injustificados al libre comercio, de conformidad con las normas vigentes y los tratados internacionales ratificados por el Estado Peruano. El enfoque ecosistémico en la planificación y gestión de la diversidad biológica y los recursos naturales. QUINTA.- Créase el Registro de Áreas Naturales Protegidas. 0000000591 00000 n 72.2 En caso de proyectos o actividades a ser desarrollados dentro de las tierras de poblaciones indígenas, comunidades campesinas y nativas, los procedimientos de consulta se orientan preferentemente a establecer acuerdos con los representantes de éstas, a fin de resguardar sus derechos y costumbres tradicionales, así como para establecer beneficios y medidas compensatorias por el uso de los recursos, conocimientos o tierras que les corresponda según la legislación pertinente. 141.1 No se puede imponer sucesiva o simultáneamente más de una sanción administrativa por el mismo hecho en los casos que se aprecie la identidad del sujeto, hecho y fundamento. endobj El fortalecimiento de la gestión ambiental, por lo cual debe dotarse a las autoridades de recursos, atributos y condiciones adecuados para el ejercicio de sus funciones. <> Ninguna consideración o circunstancia puede legitimar o excusar acciones que pudieran amenazar o generar riesgo de extinción de cualquier especie, subespecie o variedad de flora o fauna. DIAPOSITIVAS DE LEY 28611 by dixon1flee in Orphan Interests > Justice. Cumplimiento de los planes de manejo o similares, de las evaluaciones de impacto ambiental, evaluaciones de riesgo ambiental u otra establecida para cada recurso natural. <> 123 del Régimen Económico • • • • • 1993 Modelo sintético del derecho al MA y en el listado de los RN Derecho medio ambiente en Art 2 inciso 22 Título especial: Política Ambiental, ANPs, Diversidad biológica, Amazonía (Arts. El costo de las acciones de prevención, vigilancia, restauración, rehabilitación, reparación y la eventual compensación, relacionadas con la protección del ambiente y de sus componentes de los impactos negativos de las actividades humanas debe ser asumido por los causantes de dichos impactos. Consultor de entidades públicas y privadas. Acceso a la información ambiental y participación ciudadana, TÍTULO II. 36.3 El diseño de los instrumentos económicos propician el logro de niveles de desempeño ambiental más exigentes que los establecidos en las normas ambientales. Estímulo de conciencia crítica sobre la problemática ambiental. LUIS LOPEZ. Ley N.° 30327. La aplicación de los recursos financieros que administran los fondos de interés público en los que participa el Estado, sean de derecho público o privado, se realiza tomando en cuenta los principios establecidos en la presente Ley y propiciando la investigación científica y tecnológica, la innovación productiva, la facilitación de la producción limpia y los bionegocios, así como el desarrollo social, sin perjuicio de los objetivos específicos para los cuales son creados. La solicitud de dirimencia suspenderá los procedimientos administrativos de sanción correspondientes. TÍTULO III: INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 1.APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RR NN CAPITULO II: CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA - Sintetiza y retoma diversos alcances de la LOASRN - Precisa medidas de gestión de los RR NN - Destacable el enfoque ecosistémico y los servicios ambientales (debiera estar antes de listar los R NN) - Omite el mar peruano y el aire propiamente como recurso - Ecosistemas frágiles y Areas Naturales Protegidas no necesariamente son subsumibles bajo el concepto de DB - Conservación: objeto sesgado en cuanto a la DB - Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) TÍTULO III: INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 1: APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES Artículo 90º.- Del recurso agua continental Artículo 91º.- Del recurso suelo Artículo 92º.- De los recursos forestales y de fauna silvestre Artículo 93º.- Del enfoque eco sistémico Artículo 94º.- De los servicios ambientales Artículo 95º.- De los bonos de descontaminación Artículo 96º.- De los recursos naturales no renovables LEY GENERAL DEL AMBIENTE Y DIVERSIDAD BIOLOGICA TÍTULO III: INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL CAPITULO 2 CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA Artículo 97º.- De los lineamientos para políticas sobre diversidad biológica Artículo 98º.- De la conservación de ecosistemas Artículo 99º.- De los ecosistemas frágiles Artículo 100º.- De los ecosistemas de montaña Artículo 101º.- De los ecosistemas marinos y costeros Artículo 102º.- De la conservación de las especies Artículo 103º.- De los recursos genéticos Artículo 104º.- De la protección de los conocimientos tradicionales Artículo 105º.- De la promoción de la biotecnología LEY GENERAL DEL AMBIENTE Y DIVERSIDAD BIOLOGICA TÍTULO III: INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL CAPITULO 2 CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA Artículo Artículo Artículo Artículo 106º.105º.106º.107º.- Artículo 108º.Artículo 109º.Artículo 110º.Artículo 111º.- De la conservación in situ De la promoción de la biotecnología De la conservación in situ Del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado De las áreas naturales protegidas por el Estado De la inclusión de las ANP en el SINIA De los derechos de propiedad de las comunidades campesinas y nativas en las ANP Conservación ex situ Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) TÍTULO IV: RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL CAPÍTULO 1. 38 0 obj El crecimiento de la población y su ubicación dentro del territorio son variables que se consideran en las políticas ambientales y de promoción del desarrollo sostenible. Start here! Por ejemplo: lo referido a Los Recursos Naturales, Ley Forestal, Areas Naturales Protegidas, Gestión Ambiental, Diversidad Biológica, entre otras - La LGA innova determinados alcances: derechos y principios; sistematiza mejor algunos enfoques, pese a crasos errores conceptuales; formaliza tendencias relacionadas a procesos internacionales (vg. • Protección ambiental (Estudios de impacto ambiental - EIA) • Planificación ambiental y lineamientos sobre población y ambiente • Lineamientos sobre áreas naturales protegidas • Alcances sobre comunidades campesinas y nativas • Alcances ambientales sobre ecosistemas y diversidad biológica • Aspectos del ambiente urbano • Consideraciones ambientales sobre recursos naturales específicos: mineros, energéticos, tierras agrícolas • Sistema nacional del ambiente Código del Medio Ambiente y los R.N (DL 613, 1990) • Normativa de promoción a las Inversiones • Ley Marco de Crecimiento de las Inversiones, Decreto Legislativo N° DL 757 (1991) – Deroga muchos alcances del CMARN. Ley N° 28611 del 15/10/05) El Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, CMARN, DL N° 613 (1990), representó el punto de partida ambiental más relevante en nuestro sistema jurídico, inclusive mayor que el Artículo 123 de la Constitución de 1979. Las entidades públicas deben establecer en sus Reglamentos de Organización y Funciones, Textos Únicos de Procedimientos Administrativos u otros documentos de gestión, los procedimientos para la atención de las citadas denuncias y sus formas de comunicación al público, de acuerdo con los parámetros y criterios que al respecto fije el Ministerio del Ambiente y bajo responsabilidad de su máximo representante. 2 nrma LeGaLeS aCt aLiad a LEY GENERAL DEL AMBIENTE LEY Nº 28611 (Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de octubre de 2005) EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; 142.1 Aquél que mediante el uso o aprovechamiento de un bien o en el ejercicio de una actividad pueda producir un daño al ambiente, a la calidad de vida de las personas, a la salud humana o al patrimonio, está obligado a asumir los costos que se deriven de las medidas de prevención y mitigación de daño, así como los relativos a la vigilancia y monitoreo de la actividad y de las medidas de prevención y mitigación adoptadas. Regular el adecuado uso de las playas, promoviendo su buen mantenimiento. TÍTULO III INTEGRACION DE LA LEGISLACION AMBIENTAL CAPÍTULO 1 APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES Artículo 92°.- De los recursos forestales y de fauna silvestre 92.2 El Estado promueve y apoya el manejo sostenible de la fauna y flora silvestres, priorizando la protección de las especies y variedades endémicas y en peligro de extinción, en base a la información técnica, científica, económica y a los conocimientos tradicionales. Los medios de comunicación social del Estado y los privados en aplicación de los principios contenidos en la presente Ley, fomentan y apoyan las acciones tendientes a su difusión, con miras al mejoramiento ambiental de la sociedad. – Limita algunos alcances del CMARN. Desarrollar programas de educación ambiental, como base para la adaptación e incorporación de materias y conceptos ambientales, en forma transversal, en los programas educativos formales y no formales de los diferentes niveles. 41 0 obj 21 de abril de 2017. Ha publicado y editado diversos trabajos y artículos en temas jurídico ambientales y penales; vg. El desacuerdo final en 4 puntos: Principio Precautorio, Estándares, Inicio de la acción penal ambiental y cara de la prueba 4. (ver al respecto www.conam.gob.pe), pero tenía un carácter estructural significativo. Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611: Texto Concordado – Edición Oficial. 130.3 El Estado promueve la participación ciudadana en las acciones de fiscalización ambiental. Dicha información se incluye anualmente en el Informe Nacional del Estado del Ambiente. endobj Our partners will collect data and use cookies for ad targeting and measurement. 48.1 Las autoridades públicas establecen mecanismos formales para facilitar la efectiva participación ciudadana en la gestión ambiental y promueven su desarrollo y uso por las personas naturales o jurídicas relacionadas, interesadas o involucradas con un proceso particular de toma de decisiones en materia ambiental o en su ejecución, seguimiento y control; asimismo promueven, de acuerdo a sus posibilidades, la generación de capacidades en las organizaciones dedicadas a la defensa y protección del ambiente y los recursos naturales, así como alentar su participación en la gestión ambiental. 8.1 La Política Nacional del Ambiente constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del Gobierno Nacional, regional y local, y del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental. Sin perjuicio del contenido específico de la Política Nacional del Ambiente, el diseño y aplicación de las políticas públicas consideran los siguientes lineamientos: El respeto de la dignidad humana y la mejora continua de la calidad de vida de la población, asegurando una protección adecuada de la salud de las personas. Fomento y estímulo a la ciencia y tecnología en el tema ambiental. 96.2 El Estado promueve el empleo de las mejores tecnologías disponibles para que el aprovechamiento de los recursos no renovables sea eficiente y ambientalmente responsable. <> Esta norma pertenece a los compendios Normas Jurídicas, Normas Ambientales Generales, Marco Jurídico, Política Nacional del Ambiente, … 31.1 El Estándar de Calidad Ambiental - ECA es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. 59.2 Para el diseño y aplicación de políticas, normas e instrumentos de gestión ambiental de nivel regional y local, se tienen en cuenta los principios, derechos, deberes, mandatos y responsabilidades establecidos en la presente Ley y las normas que regulan el Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el proceso de descentralización; y aquellas de carácter nacional referidas al ordenamiento ambiental, la protección de los recursos naturales, la diversidad biológica, la salud y la protección de la calidad ambiental. La promoción de estrategias y acciones internacionales que aseguren un adecuado acceso a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales, respetando el procedimiento del consentimiento fundamentado previo y autorización de uso; las disposiciones legales sobre patentabilidad de productos relacionados a su uso, en especial en lo que respecta al certificado de origen y de legal procedencia; y, asegurando la distribución equitativa de los beneficios. La transversalidad de la educación ambiental, considerando su integración en todas las expresiones y situaciones de la vida diaria. 0% 0% encontró este documento útil, Marcar este documento como útil. %���� La búsqueda de soluciones a los problemas ambientales globales, regionales y subregionales mediante negociaciones internacionales destinadas a movilizar recursos externos, promover el desarrollo del capital social, el desarrollo del conocimiento, la facilitación de la transferencia tecnológica y el fomento de la competitividad, el comercio y los econegocios, para alcanzar el desarrollo sostenible de los estados.

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