Asignación de vacuna para garantizar la segunda dosis a las personas que recibieron la primera dosis producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 572 y 600 ambas de 2021 y que no fueron beneficiarios de las dosis asignadas mediante Resolución 637 de 2021. margin-left:0cm; Los departamentos y distritos podrán utilizar las dosis enviadas para completar los esquemas de vacunación de personas cuya primera dosis fue aplicada en el extranjero, siempre y cuando la persona esté incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiera se encuentre disponible. {margin-top:0cm; Instant access to millions of ebooks, audiobooks, magazines, podcasts and more. Las Fuerzas Militares deberán presentar a la mesa de coordinación permanente para la vacunación COVID-19, la microplanificación de la estrategia de vacunación. Con el objetivo de fortalecer la ejecución efectiva en la aplicación de las vacunas asignadas a los territorios y de optimizar el uso de las mismas, se establece el Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación mediante la siguiente formula: UMRV: Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación. @page WordSection1 line-height:107%; /* Font Definitions */ ol En lista de espera de trasplante de órganos vitales. 19 y por la . 4.1. line-height:107%; Conforme a la causal de infracción normativa declarada procedente, el análisis debe circunscribirse a determinar si se ha infringido el literal a) del artículo 25 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N.° 003-97-TR, referido a la falta grave . Artículo 2.- Modifican artículos del Código Penal. hޜT�o�0�W�#����q�)R��n�������mi\%�(����� ������ݻ��sT(,�@%���$ �HH��v�# Los departamentos podrán utilizar las dosis enviadas para completar los esquemas de vacunación de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país y la vacuna que requiere se encuentre disponible, incluido las personas que se les aplicó vacunas en los territorios en los cuales se unificaron las etapas del Plan Nacional de Vacunación. 7.5. Enviado por BASILIA1961  •  29 de Abril de 2013  •  329 Palabras (2 Páginas)  •  527 Visitas, El artículo 27 del DL 1095 señala de forma general e imprecisa que “las conductas ilícitas, atribuibles al personal militar con ocasión de las acciones realizadas, en aplicación del presente, Decreto Legislativo o en ejercicio de su función, son de jurisdicción y competencia del Fuero, Militar Policial…”. 7.1.1.7. ARTÍCULO 1. 593 de fecha 14 de marzo de 2020, publicado en el Diario oficial No. c) Hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se atienda COVID-19. INDICE Los departamentos y distritos podrán utilizar las dosis enviadas para completar los esquemas de vacunación de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, en este último caso, siempre y cuando la persona esté incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiere se encuentre disponible. 86 0 obj <>/Filter/FlateDecode/ID[<62F30B737E152FA734C0A0E65267C6E3><04575917DD89F64C971448BEFC3B35D4>]/Index[76 20]/Info 75 0 R/Length 66/Prev 267423/Root 77 0 R/Size 96/Type/XRef/W[1 2 1]>>stream {margin-bottom:8.0pt; Asignar 264.420 dosis de la vacuna contra el COVID-19 entregadas al Estado colombiano en 226 empaques secundarios, el 24 de mayo de 2021 por el Fabricante Pfizer Inc y BioNTech, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas como segundas dosis de las personas que fueron beneficiarias de las dosis asignadas mediante Resolución 584 del 06 de mayo de 2021: DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA - SECRETARÍA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÅ - SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD, DEPARTAMENTO DE BOYACÀ - SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE CALDAS - DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SALUD DE CALDAS, DEPARTAMENTO DE CAQUETÀ - INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD, DEPARTAMENTO DEL CAUCA – SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL CESAR - SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL HUILA SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA - SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL META SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE NARIÑO INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD, DEPARTAMENTO DE PUTUMAYO - SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DISTRITO TURISTICQ CULTURAL E HISTORICO DE SANTA MARTA -SECRETARIA DE SALUD DISTRITAL. En la distribución se incluirá el total del número de personas en la etapa objeto de distribución que residen en los departamentos o distritos que se encuentren por encima del Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación y para las entidades territoriales del nivel departamental que se encuentren por debajo de Umbral se les tendrá en cuenta la población de personas en la etapa objeto de distribución que residen en los municipios que se encuentren por encima del Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación a nivel departamental. Asignar 244.636 dosis de la vacuna CoronaVac entregadas el 23 de mayo de 2021 a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas a docentes, directivos docentes, personal de apoyo logístico y administrativo de los establecimientos de educación inicial, prescolar, básica primaria, básica secundaria y educación media ubicados en distritos, municipios que no son capitales o no pertenecen a áreas metropolitanas, de acuerdo con la siguiente distribución: Secretarias de salud o las entidades que hagan sus veces, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA – SECRETARÍA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DISTRITO ESPECIAL INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA - SECRETARIA DE SALUD DISTRITAL, DISTRITO CAPITAL BOCOTA - SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD, DEPARTAMENTO DE BOLIVAR - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE BOYACA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO CALDAS - DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SALUD DE CALDAS, DEPARTAMENTO DE CAQUETA - INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD, DISTRTO TURISTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD, DEPARTAMENTO DEL CASANARE - SECRETARA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL CAUCA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL CESAR - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL CHOCO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE CORDOBA - SECRETARA DE DESARROLLO DE LA SALUD, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL HUILA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA - SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA SALUD, DEPARTAMENTO DEL META - SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE PUTUMAYO SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL QUINDIO SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DE RISARALDA - SECRETARA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA -SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DISTRITO TURÍSTlCO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA MARTA SECRETARIA DE SALUD DISTRITAL, DEPARTAMENTO DE SANTANDER - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO TOLIMA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA - SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD, DEPARTAMENTO DEL VICHADA - SECRETAR A DEPARTAMENTAL DE SALUD. endobj 7. El presente Decreto Legislativo tiene por objeto el fortalecimiento de la lucha contra el crimen organizado y la tenencia ilegal de armas. 5.3. Reglamento de la Ley de Compensación por tiempo de servicios. Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Las personas de 80 años de edad y más. DECRETO LEGISLATIVO Nº 728 CONSIDERANDO: Que; el Congreso mediante Ley 25327, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante Decretos Legi… Que Que en la misma resolución se determinó como regla general para la distribución y asignación de las vacunas contra el COVID-19 la que se describe a continuación: "Cada vez que se confirme por parte de un fabricante o del representante del mecanismo COVAX, la cantidad y la fecha de una entrega de dosis de vacunas contra el COVID - 19 al Estado colombiano, el Ministerio de Salud y Protección Social, atendiendo a criterios epidemiológicos y logísticos para la debida conservación de la vacuna, determinará la cantidad de dosis que se asignará a cada grupo poblacional que integre la misma etapa, respetando la priorización establecido en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021. b.  Mantenimiento de redes de oxígeno al interior de los prestadores de servicios de salud. en la actualidad existe poca oferta para la adquisición de las vacunas contra Asignación de vacuna para garantizar la segunda dosis a las personas que recibieron la primera dosis producto de la distribución realizada mediante Resolución 584 de 2021. Los Departamentos y Distritos podrán usar vacunas disponibles en los territorios para inmunizar a personas de etapa 3, si aún cuentan con inventario de vacunas contra el COVID - 19 sin utilizar. Cuando se esté agotando el agendamiento de los diferentes grupos poblacionales que componen las diferentes etapas del Plan Nacional de Vacunación abiertas a la fecha, se podrán usar estrategias de agendamiento presencial. margin-right:0cm; Los departamentos y distritos podrán utilizar las dosis enviadas para completar los esquemas de vacunación de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, en este último caso, siempre y cuando la persona esté incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiere se encuentre disponible. Tap here to review the details. 8.6. 1 0 obj 1991-06-02 (PER-1991-L-22711) Ley núm. Se vacunará específicamente a: En esta etapa se vacunará, de forma progresiva, a los habitantes del territorio nacional que tienen un riesgo moderado de presentar un cuadro grave y de morir por COVID-19 0 un riesgo moderado de exposición al virus; a los cuidadores de población de especial protección; a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. margin-right:0cm; Exige en primer lugar que se trate de afectaciones sobre, bienes jurídicos de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional tutelados por el ordenamiento, legal, y que se relacionan con el cumplimiento de los fines constitucionales y legales que se les, encargan. otras; Modifícanse los artículos 279, y 317 del Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 635, los cuales quedan redactados . . 7.1.1.6. Click here to review the details. Las (posibles) reformas laborales y de protección social del verano. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. {margin-bottom:0cm;} manifestaciones; así como exigir a las empresas que sean unidades de producción eficientes que contribuyan ��!����T��y�ݦ��$�Z*GD�4���N3�[��f�Q;�4���LLm�x�y�nL�i�����hq�Ϸz�»��/�p�ٞ����4]�l8�^�.�Zb�y����8����I! Y en tercer lugar que, cometido el ilícito penal, DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. de las conferidas por el numeral tres del artículo dos del decreto 41 07 2011 y DEL ATLÁNTICO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL, DISTRITO 7.2. TITULO PRELIMINAR {margin-top:0cm; 25223, por la que se establece que la compensación por tiempo de servicios de trabajadores empleados, sujetos a la . artículo 19.-no se consideran remuneraciones computables las siguientes: a) gratificaciones extraordinarias u otros pagos que perciba el trabajador ocasionalmente, a título de liberalidad del empleador o que hayan sido materia de convención colectiva, o aceptadas en los procedimientos de conciliación o mediación, o establecidas por resolución de … 2.4. Las dosis enviadas deberán ser utilizadas de forma organizada mediante estrategias de agendamiento o estrategias alternativas de agendamiento presencial. margin-bottom:8.0pt; Asignar 244.636 dosis de la vacuna CoronaVac entregadas el 23 de mayo de 2021 a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas a docentes, directivos docentes, personal de apoyo logístico y administrativo de los establecimientos de educación inicial, prescolar, básica primaria, básica secundaria y educación media ubicados en distritos, municipios que no son capitales o no pertenecen a áreas metropolitanas, de acuerdo con la siguiente distribución: Las secretarias departamentales de educación deberán presentar a la mesa de coordinación permanente para la vacunación COVID-19, la micro planificación de la estrategia de vacunación y la definición de las instituciones seleccionadas. 11 Guardia indígena y guardia cimarrona. line-height:107%; El prestador deberá reprogramar la cita para la vacunación. 2 0 obj principios de eficiencia, Universidad universalidad y solidaridad.”. A: Vacunas aplicadas al dia de expedición del acto administrativo de asignación a realizar. h. Talento humano en salud que realiza el monitoreo, seguimiento y evaluación clínica de los pacientes que hacen parte de los estudios clínicos de COVID-19. contar con trabajadores calificados que puedan hacer frente a los cambios tecnológicos del mundo moderno, margin-bottom:.0001pt; line-height:107%; Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404 y 466 ambos de 2021, adoptó et Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas, es decir, acorde con los objetivos del Plan, la población que debe recibir la vacuna primero. Artículo 6. Las personas mayores de 60 años deberán ser vacunadas sin agendamiento ni restricciones en cualquier puesto de vacunación que tenga disponibilidad de vacunas contra el COVID-19. <> Análisis Del Articulo 19 Y 20 De La Ley De Compensacion Por Tiempo De Servicios. En esta etapa se vacunará específicamente a: 7.1.3.2 La población entre 16 y 59 años, que presente al menos una de las siguientes condiciones: a. Enfermedades hipertensivas (l10-l15, l27.0, l27.2), i. Obesidad Grado 1, 2 y 3 (Índice de Masa corporal > 30). Que a continuación se presentan las cantidades asignadas a cada entidad territorial mediante la Resoluciones 572 y 637 ambas de 2021 y las dosis pendientes por asignar: Primeras dosis asignadas mediante Resolución 572 de 2021, Segundas dosis asignadas mediante Resolución 637, Segundas dosis pendientes frente a asignación de. modificado por el Artículo 13 de la Ley N° 28051, publicada el 2 de agosto de 2003. stream El artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, En materia de seguridad social en salud, el. The SlideShare family just got bigger. Se vacunará específicamente a: 7.1.2.1 La población entre 60 y 79 años de edad. Artículo 2.- La Ley cuyo Texto Único . En segundo lugar, el sujeto activo del ilícito penal‐militar debe ser un militar o, efectivo policial en situación de actividad, y el ilícito debe ser cometido por ese efectivo, cuando se encontraba en situación de actividad. Los Departamentos y Distritos podrán usar de manera prioritaria las vacunas asignadas mediante la presente resolución, así como las vacunas disponibles en los territorios sin utilizar para inmunizar a personas que por la actualización de la información en la plataforma MIVACUNA COVID19 sean clasificadas en etapas 1 y 2. La asignación se realizó en múltiplos de seis debido a que la vacuna disponible se encuentra en viales de 6 dosis. ESPECIAL INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA - SECRETARIA SALUD DISTRITAL, DISTRITO Los Departamentos y Distritos podrán usar vacunas disponibles en los territorios para inmunizar a personas de etapa 3 si aún cuentan con inventario de vacunas contra el COVID - 19 asignadas para otras etapas sin utilizar. Dado en Bogotá D.C., a los 3 días del mes de junio de 2020 (FDO.) Que mediante la Resolución 637 del 21 de mayo de 2021 fueron asignadas 817.552 dosis de la vacuna CoronaVac para garantizar las segundas dosis a las personas que recibieron la primera, producto de la asignación realizada mediante Resoluciones 555 y 572 ambas de 2021. Que el ya citado Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos. 4.2. 7.1.24 Talento humano en salud de las entidades que presten servicios de salud pertenecientes a los regímenes especiales y de excepción. By accepting, you agree to the updated privacy policy. Artículo 1.- Objeto. alentar las diversas formas de acceso al trabajo a través de la actividad empresarial, de producción y servicios, 7.1.1.8. DISTRITAL DE SALUD, DEPARTAMENTO Real decreto ley para la reforma urgente de la formacion profesional para el ... Reforma formació bonificada (Aula Business), Iniciativa de reforma laboral fch 2 50 puntos, Segundo cocumento psoe para fomentar en el empleo, semana 12 interconsultas al diagnostico de la persona 2 hasta evacuar.pptx, Autorizan incremento en el transporte de energía para la empresa TRANSNOA, Claves de la semana del 19 de diciembre al 8 de enero, #公園廃止 保育園による青木島遊園地利用を阻むクレームへの対処記録 平成21年4月9日~. Diario Oficial El Peruano. DECRETO LEGISLATIVO. i. Talento humano en salud que trabaja en agencias de cooperación internacional, organizaciones humanitarias, y organizaciones no gubernamentales. el concepto de salud pública. Artículo 41.- En lo sucesivo, en las normas legales o convencionales y, en general en los instrumentos relativos a remuneraciones, éstas podrán ser expresadas por hora efectiva de trabajo. De, ahí que resulte evidente que una conducta que contravienen derechos fundamentales no, puede constituir delito de función. El porcentaje de participación de cada departamento o distrito en el total nacional, será el porcentaje sobre el cual se asignará el número de dosis que se le entregará a cada entidad territorial del orden departamental o distrital, calculado sobre la cantidad de dosis que se tenga confirmado recibir y que el Ministerio de Salud y Protección Social haya decidido asignar a ese grupo poblacional. margin-bottom:8.0pt; La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera dosis. CAPITULO I - De la Formación Laboral Juvenil E: Total de vacunas acumuladas, entregadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte de 7 dias calendario antes de la expedición del acto administrativo de asignación a realizar. Asignar 84.450 dosis de la vacuna CoronaVac entregadas el 23 de mayo de 2021, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, para inmunizar al personal activo, el que sea llamado para la reserva o el que está en proceso de formación, personal de apoyo logístico y administrativo de las escuelas de formación de la Policía Nacional de Colombia, así: La Policía Nacional deberá presentar a la mesa de coordinación permanente para la vacunación COVID-19, la microplanificación de la estrategia de vacunación. We’ve updated our privacy policy so that we are compliant with changing global privacy regulations and to provide you with insight into the limited ways in which we use your data. margin-left:36.0pt; B: Población registrada en el grupo en base maestra nominal total nacional. por medio de acuerdos con los respectivos fabricantes, y las dosis adquiridas Asignar 165.914 dosis de la vacuna CoronaVac entregadas el 23 de mayo de 2021, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, para inmunizar al personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación, personal de apoyo logístico y administrativo de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares de Colombia, así: Las Fuerzas Militares deberán presentar a la mesa de coordinación permanente para la vacunación COVID-19, la microplanificación de la estrategia de vacunación. 7.1.39 Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación, personal de apoyo logístico y administrativo de las escuelas de formación de la Policia Nacional de Colombia. CONSIDERANDO: Los contenidos están en En ejercicio de sus facultades constitucional y legales, en especial las conferidas por los . 6.2. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de El Ministerio de Salud y protección Social entregará las dosis de vacunas contra el COVID-19 a los departamentos y distritos de manera gradual y progresiva, teniendo en cuenta la disponibilidad dc vacuna en el país. el COVID-19 debido al proceso que se requiere para su producción y Que, de acuerdo con el reporte realizado por los departamentos y distritos al Ministerio de Salud y Protección Social, los departamentos que no cuentan con ultracongelador son: Buenaventura, Chocó, Guaviare, San Andrés y Vichada. Talento humano de servicios generales, vigilancia, celaduría, administrativo y de facturación, que realizan su trabajo en los servicios de cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatas en donde se atiende pacientes contagiados de COVID-19; urgencias en donde se atienda COVID-19 y hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se atienda COVID-19, así como el talento humano encargado de la distribución de alimentos en el área intrahospitalaria; del traslado de pacientes en el ámbito intrahospitalario y de las labores de lavandería, mantenimiento y transpone, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los, establecimientos de sanidad de las Fuerzas. Artículo 9. h�TUkPW�f�{Đ����y��TE�0��e�)�. representa un verdadero obstáculo para las mayorías nacionales que carecen de trabajo; Nº 017-2008-EF, Art. Artículo 1. Que una vez aplicada la fórmula establecida en la Resolución 360 de 2021, modificada por la Resolución 399 del mismo año, y de acuerdo con la información disponible, la media del avance departamental de vacunación es de 74,61%, el Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación es de 65,08% y la desviación estándar es 9,53, al ser esta última menor a 10 no procede aplicar el criterio de eficacia, del que trata el numeral 2.1. de la citada resolución. -->, Por la cual se realiza la asignación y 7.1.3.13 Personal de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas –UBPD- que realiza actividades de identificación de cuerpos, proyección, exhumación y recolección de material físico. El Ministerio de Salud y protección Social entregará las dosis de vacunas contra el COVID-19 a los departamentos y distritos de manera gradual y progresiva, teniendo en cuenta la disponibilidad dc vacuna en el país. c. Mantenimiento y calibración de dispositivos médicos y equipos biomédicos al interior de los prestadores de servicios de salud incluyendo áreas de esterilización. 7.1.3.4 Los docentes, directivos docentes, personal de apoyo loglstico y administrativo de los establecimientos de educación inicial, prescolar, básica primaria, básica secundaria y educación media. Vigente Decreto Supremo Nº 003-97-TR. La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo,

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